Domingo 23 de Agosto de 2026

Hoy es Domingo 23 de Agosto de 2026 y son las 19:04 - Hola

PROVINCIALES

23 de agosto de 2026

Alan Villouta: nueve años después, la Justicia volvió a dejar una herida abierta

La muerte de un joven de 21 años terminó con una condena que quedó sin efecto por el paso del tiempo. El dato que indigna a Mendoza no es solamente el sobreseimiento de Alejandro Verdenelli: es que la propia demora del sistema judicial permitió que una sentencia condenatoria llegara al límite de la prescripción. El caso vuelve a poner bajo la lupa a la Suprema Corte, los controles internos y la capacidad institucional de la provincia para garantizar que una causa penal llegue a una resolución efectiva.

Hay muertes que conmueven durante unos días y hay muertes que, con el paso de los años, se convierten en una pregunta dirigida directamente al Estado.

La de Alan Villouta pertenece a la segunda categoría.

Alan tenía 21 años cuando murió, durante la madrugada del 26 de agosto de 2017, después de ser atropellado mientras intentaba cruzar el Acceso Sur, en Guaymallén, cuando regresaba de trabajar. El vehículo era una Porsche Cayenne conducida por el empresario Alejandro Verdenelli, quien no permaneció en el lugar y se presentó ante la Justicia aproximadamente 60 horas después.


Nueve años después, Mendoza volvió a mirar aquella tragedia. Pero esta vez no por una nueva prueba ni por una decisión sobre los hechos. La noticia fue mucho más difícil de digerir: la condena que Verdenelli había recibido en 2020 quedó sin efecto porque la causa fue declarada prescripta.

Y detrás de esa palabra jurídica —prescripción— aparece una pregunta que ya no puede ser esquivada: ¿cómo puede una causa que ya tenía una condena tardar casi seis años en atravesar una instancia de revisión hasta quedar al borde del vencimiento del plazo?

Ese es el verdadero escándalo institucional que deja el caso Villouta.

De una muerte en el Acceso Sur a una condena

La madrugada del 26 de agosto de 2017, Alan volvía de trabajar en una pizzería del centro comercial La Barraca.

Intentaba cruzar el Acceso Sur para llegar a una parada de colectivo cuando fue embestido.

La reconstrucción judicial determinó que Verdenelli conducía el vehículo que provocó la muerte. Después del impacto, el conductor no permaneció en el lugar y se presentó aproximadamente 60 horas más tarde. Esa demora impidió realizar determinadas pericias que podrían haber establecido si había consumido alcohol o drogas al momento del hecho. No existe una condena ni una prueba judicial que permita afirmar que conducía alcoholizado.

La investigación comenzó incluso con una acusación mucho más grave: inicialmente Verdenelli fue imputado por homicidio simple con dolo eventual, una figura que contempla una pena considerablemente superior.

Sin embargo, durante la instrucción la calificación fue modificada y el empresario llegó a juicio acusado por homicidio culposo agravado por conducción imprudente y antirreglamentaria.

El 14 de abril de 2020 llegó la sentencia. El Tribunal Penal Colegiado N°2 condenó a Verdenelli a tres años de prisión en suspenso y ocho años de inhabilitación para conducir, además de reglas de conducta, por el delito de homicidio imprudente agravado. La familia no recibió una condena que considerara reparadora, pero había una sentencia. El Estado había dicho, al menos formalmente, que había encontrado un responsable. Entonces comenzó el problema que terminaría nueve años después.

El expediente que quedó detenido durante casi seis años

La defensa de Verdenelli recurrió la sentencia. El recurso de casación llegó a la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza a comienzos de 2020. Y allí permaneció. Cinco años y diez meses. Ese es el período que distintos relevamientos periodísticos ubican entre la presentación del recurso y la resolución de la Corte provincial, que recién llegó en febrero de 2026 y confirmó la condena.

El dato es devastador desde una perspectiva institucional. Porque no se trataba de una investigación que recién comenzaba. No había que reconstruir nuevamente el accidente. No había que realizar el juicio. No había que determinar por primera vez la responsabilidad. Había una condena y un recurso pendiente de resolución.

La respuesta del máximo tribunal provincial llegó cuando el reloj procesal ya estaba prácticamente agotado. En febrero de 2026, la Corte confirmó la condena. La defensa presentó entonces un recurso extraordinario federal. La Suprema Corte de Mendoza rechazó ese planteo el 13 de abril de 2026. El problema fue que el plazo de seis años vinculado con la prescripción estaba llegando a su límite. Y entonces apareció el segundo capítulo del desastre.

Un día puede cambiarlo todo

La Fiscalía y la querella fueron notificadas el 14 de abril. Verdenelli recibió la notificación personalmente el 17. La diferencia de días terminó siendo determinante en la discusión sobre cuándo se produjo la firmeza de la sentencia y si la acción penal ya estaba prescripta. El Tribunal Penal Colegiado N°2, después de una audiencia realizada el 31 de julio, aceptó el planteo de la defensa y declaró extinguida la acción penal.

El resultado fue contundente: Verdenelli quedó definitivamente sobreseído por prescripción y la condena de 2020 quedó sin efecto. No porque un nuevo juicio hubiera determinado que era inocente. No porque apareciera una prueba que modificara la reconstrucción del accidente. No porque un tribunal superior hubiera establecido que la sentencia estaba equivocada.

La causa se extinguió por el paso del tiempo. Ese matiz es fundamental para entender lo ocurrido.

La prescripción no es una absolución sobre los hechos

La indignación social no debería llevar a deformar el contenido jurídico de la decisión. La prescripción existe en el derecho argentino y tiene fundamento en la necesidad de que el Estado no mantenga indefinidamente abierta una persecución penal.

El Código Penal establece los plazos y las circunstancias que pueden suspender o interrumpir ese cómputo. La Ley 25.990, por ejemplo, modificó el artículo 67 y estableció taxativamente determinados actos procesales capaces de interrumpir la prescripción, entre ellos el dictado de una sentencia condenatoria aunque todavía no esté firme.

Además, el artículo 84 bis contempla penas de hasta seis años para determinadas formas agravadas de homicidio culposo cometido mediante la conducción de vehículos, entre ellas los casos de fuga o falta de auxilio bajo determinadas circunstancias.

Por eso, la discusión jurídica sobre cuándo comenzó a correr nuevamente el plazo y qué actos procesales resultaban relevantes no puede ser reemplazada por consignas.

Pero tampoco puede utilizarse la existencia de la prescripción para esconder la pregunta política e institucional. Porque una cosa es que exista un plazo legal. Y otra muy distinta es que el Estado permita que una causa llegue al vencimiento de ese plazo por la demora de sus propios tribunales.

El problema no es solamente Verdenelli

Este es el punto que Mendoza debería discutir. El caso no expone únicamente la situación de un empresario condenado. Expone el funcionamiento de una parte del sistema judicial provincial.

La propia explicación oficial del gobernador Alfredo Cornejo apuntó justamente hacia allí. El mandatario cuestionó que la Sala Penal II de la Suprema Corte haya tardado cinco años y diez meses en resolver el recurso y anunció que impulsará cambios para establecer plazos en determinadas resoluciones judiciales.

Cornejo recibió a los padres de Alan y afirmó que acompañaba su reclamo. El gobernador calificó públicamente la situación de “incomprensible” y sostuvo que la legislación contempla plazos perentorios para determinadas actuaciones del Ministerio Público Fiscal y para causas con personas detenidas, pero no establece una limitación equivalente para determinadas resoluciones de la Corte cuando el condenado permanece en libertad.

La reacción del Poder Ejecutivo, sin embargo, abre otra pregunta.

¿Cuánto del problema que hoy se denuncia desde el Gobierno provincial también corresponde a una estructura institucional que el propio poder político mendocino administra, reforma y controla desde hace años?

Porque la Justicia no funciona en un vacío. Sus presupuestos, sus leyes procesales, sus mecanismos de control y buena parte de su arquitectura institucional dependen de decisiones políticas. Y Mendoza lleva años discutiendo reformas judiciales, cambios de códigos, nuevos sistemas de gestión y reorganizaciones internas. El caso Villouta obliga a medir esos discursos contra un resultado concreto.

El propio procurador habló de “falta de control”

La discusión tomó todavía más fuerza cuando el procurador general Alejandro Gullé reconoció públicamente que el episodio exhibió una falta de control y planteó la necesidad de implementar sistemas de alerta temprana que permitan detectar expedientes próximos a quedar afectados por los plazos de prescripción.

La admisión es relevante. Porque cambia la naturaleza del debate. Ya no se trata solamente de discutir si un tribunal interpretó correctamente una norma. También se discute por qué el sistema no detectó a tiempo que un expediente de enorme trascendencia estaba acercándose peligrosamente al límite temporal.

Cinco años y diez meses no son un accidente administrativo menor. Es un período suficientemente extenso como para que cualquier sistema de seguimiento judicial serio pudiera advertir que el expediente requería una respuesta. Si no existía esa alarma, hay un problema de gestión. Si existía y no funcionó, hay un problema de control. Y si alguien sabía que el plazo corría y aun así no actuó, la pregunta es todavía más grave.

La Corte provincial quedó en el centro de la tormenta

La Suprema Corte de Mendoza quedó sometida a una presión política y social inédita alrededor del caso. El máximo tribunal fue quien recibió el recurso de casación después de la condena de 2020 y quien finalmente confirmó la sentencia en febrero de 2026. Sin embargo, para entonces el expediente había consumido prácticamente todo el tiempo disponible. Después, el rechazo del recurso extraordinario federal llegó el 13 de abril, en el borde mismo del vencimiento del plazo que finalmente utilizaría el tribunal para declarar la prescripción.

El dato genera una paradoja difícil de explicar hacia afuera: la Justicia terminó confirmando una condena y, prácticamente en el mismo tramo temporal, permitió que esa condena quedara sin efecto por el agotamiento del proceso.

La familia no necesita una explicación técnica solamente. Necesita saber por qué el sistema tardó tanto. La sociedad también.

¿Error, negligencia o falla estructural?

Aquí conviene ser rigurosos. No existen elementos públicos suficientes para afirmar que hubo corrupción, connivencia o una decisión deliberada destinada a favorecer a Verdenelli. Tampoco corresponde afirmar que el empresario quedó libre por ser rico o poderoso como si eso estuviera probado judicialmente.

Lo que sí está documentado es la demora. Y esa demora produjo un resultado concreto. El sistema penal que había condenado a Verdenelli terminó sin poder ejecutar aquella condena porque la causa fue declarada prescripta. La crítica institucional, entonces, no necesita inventar una conspiración.

Alcanza con hacer una pregunta:

¿Quién controla que una sentencia no muera de vieja dentro de los tribunales?

Una familia que esperó nueve años

Mientras los expedientes circulaban entre tribunales, Alan no volvió a su casa. Sus padres sí tuvieron que volver a sus casas. Y seguir viviendo. Andrés Villouta resumió el sentimiento familiar con una frase que condensó el fracaso institucional percibido: “9 años de nada”. Días después fue todavía más duro al hablar del impacto de la decisión.

Para la familia, el tiempo no fue neutral. Cada año de trámite judicial fue un año de espera. Y ahora el resultado es que aquella condena ya no existe. Los Villouta anticiparon que recurrirán la decisión y la Fiscalía también anunció que buscará que la instancia superior revise la declaración de prescripción.

Por lo tanto, el caso todavía puede tener recorrido judicial.

El caso también volvió al Congreso

La tragedia de Alan ya había tenido consecuencias legislativas antes de esta última crisis.

La senadora nacional Anabel Fernández Sagasti había impulsado en 2022 modificaciones al Código Penal para endurecer las consecuencias para quienes provocan siniestros viales y se fugan o no auxilian a las víctimas.

El planteo volvió a cobrar actualidad después del sobreseimiento. La discusión apunta a una zona particularmente sensible: qué respuesta debe dar el Estado frente a quienes abandonan a una persona después de provocar un siniestro fatal. Pero tampoco una reforma penal solucionará por sí sola el problema que expuso Villouta.

Porque aumentar las penas no sirve si los expedientes no llegan a tiempo a una sentencia firme. El Código puede establecer diez años, seis años o veinte años. Si el Estado no puede administrar esos plazos, el problema es institucional.

La paradoja de la “eficiencia” mendocina

Mendoza suele presentarse como una provincia con instituciones sólidas, administración ordenada y una Justicia que se ha sometido a sucesivas reformas para acelerar los procesos.

El caso Villouta obliga a mirar esa imagen desde otro lugar. Porque cuando una familia espera nueve años para terminar recibiendo la noticia de que una condena se extinguió por el paso del tiempo, la eficiencia deja de ser un discurso político y pasa a ser una pregunta concreta.

¿Funcionó el sistema?

La respuesta, al menos en este expediente, es difícil de defender. Un joven murió en 2017. Hubo una condena en 2020. Un recurso permaneció casi seis años sin resolución. La condena fue confirmada en febrero de 2026. El recurso extraordinario fue rechazado en abril. La discusión sobre la prescripción llegó al tribunal en julio. Y en agosto la condena ya no estaba. Ese recorrido no puede ser explicado solamente como un problema de calendario.

La impunidad que genera la burocracia

Hay una palabra que la familia utiliza y que aparece inevitablemente en el debate público: impunidad.

Jurídicamente, debe utilizarse con cuidado. Verdenelli no fue absuelto por un tribunal que analizara nuevamente la responsabilidad penal en el accidente. Fue sobreseído porque se declaró extinguida la acción penal por prescripción.

Pero desde el punto de vista social, el resultado puede percibirse como una forma de impunidad: hubo una condena y finalmente no habrá cumplimiento de esa pena. La diferencia entre ambas dimensiones es importante. Y quizás allí esté la mayor enseñanza del caso. Una institución puede actuar conforme a una interpretación jurídica determinada y, al mismo tiempo, producir un resultado socialmente devastador.

La legitimidad de la Justicia no depende solamente de que sus decisiones sean técnicamente defendibles. También depende de que lleguen a tiempo.

El espejo que Mendoza debería animarse a mirar

El caso Alan Villouta no debería resolverse con una declaración de indignación, una foto del gobernador con los padres o un nuevo proyecto de ley. Tampoco alcanza con encontrar un culpable administrativo y cerrar el expediente.

La provincia necesita responder preguntas concretas:

¿Por qué un recurso permaneció casi seis años sin resolución?

¿Qué mecanismo de control existía sobre ese expediente?

¿Quién tenía la responsabilidad de advertir que se acercaba la prescripción?

¿Cuántos expedientes se encuentran actualmente en una situación semejante?

¿Existe un sistema automático que alerte a jueces, fiscales y autoridades sobre causas próximas a prescribir?

¿Qué medidas concretas adoptará la Suprema Corte?

¿Qué responsabilidad institucional se determinará por la demora?

Y hay una pregunta todavía más profunda:

¿Qué confianza puede pedirle el Estado a una familia que esperó nueve años y terminó recibiendo una resolución que convierte aquella condena en un recuerdo?

El gobernador ya anunció una reforma. El procurador habló de falta de control. La Fiscalía prepara recursos. La familia seguirá litigando. Pero el problema ya quedó instalado.

Alan Villouta murió en 2017. El sistema judicial tuvo casi nueve años para cerrar su historia. Y terminó dejando abierta, precisamente, la herida que debía ayudar a cerrar.

Mendoza ahora tiene la oportunidad —o la obligación— de demostrar que lo ocurrido no es la regla. Porque si el Estado permite que una condena se extinga esperando una resolución durante casi seis años, el problema ya no es solamente el expediente Villouta. Es la capacidad de sus instituciones para hacer justicia antes de que el tiempo haga el trabajo que la Justicia no hizo.

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

PROVINCIALES
Zona Fría: el pacto de Milei con el Norte deja a Mendoza contra las cuerdas

Zona Fría: el pacto de Milei con el Norte deja a Mendoza contra las cuerdas

El Gobierno nacional logró un entendimiento con los gobernadores del Norte Grande para ampliar los subsidios eléctricos en las zonas de altas temperaturas y busca convertir ese acuerdo en respaldo parlamentario para recortar el régimen de Zona Fría. Mendoza aparece entre las provincias más expuestas: sus tres senadores rechazan la reforma, pero el nuevo mapa de alianzas reduce el margen de negociación para conservar el beneficio.
PROVINCIALES
Unilever cerró una fábrica histórica en Mendoza y dejó a 60 trabajadores sin empleo

Unilever cerró una fábrica histórica en Mendoza y dejó a 60 trabajadores sin empleo

La planta de vegetales deshidratados de Guaymallén funcionaba desde 1964 y abastecía a Knorr. La multinacional decidió cerrar la producción y desvincular a todos los empleados que quedaban en el establecimiento. El caso vuelve a poner bajo la lupa el impacto de la apertura comercial sobre la industria mendocina.
PROVINCIALES
Los Nihuiles: la oposición acusa a Cornejo de resignar autonomía energética y crece la polémica por la nueva concesión

Los Nihuiles: la oposición acusa a Cornejo de resignar autonomía energética y crece la polémica por la nueva concesión

La futura licitación del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles abrió un fuerte debate político en Mendoza. Mientras el Gobierno sostiene que el proceso permitirá recuperar y modernizar una infraestructura clave, sectores de la oposición advierten que la Provincia podría perder capacidad de decisión sobre un recurso estratégico y exigen mayor transparencia sobre el futuro del sistema.