POLÃTICA
26 de agosto de 2026
Auditoría a la DGE: subsidios sin rendir e incompatibilidades bajo la lupa
El Tribunal de Cuentas aprobó la rendición de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos correspondiente a 2024, pero dejó asentadas observaciones sobre subsidios que no habían sido rendidos y contratados con incompatibilidades. La administración corrigió los reparos durante 2025, aunque el fallo deja preguntas sobre los controles internos y sobre quiénes fueron alcanzados por las irregularidades.
La aprobación de una cuenta pública no significa que el organismo auditado haya tenido un ejercicio impecable. Y el caso de la Dirección General de Escuelas (DGE) vuelve a poner esa diferencia sobre la mesa.
El Tribunal de Cuentas de Mendoza revisó la gestión administrativo-financiera y patrimonial correspondiente a 2024 de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos (UCPP), un área dependiente de la estructura educativa provincial, y detectó observaciones relacionadas con rendiciones de subsidios y situaciones de incompatibilidad entre personal contratado.
El expediente terminó con la aprobación formal de la rendición, pero no sin antes atravesar observaciones, descargos y acciones correctivas. La información surge del Fallo N° 18.342, según la documentación analizada y la reconstrucción publicada sobre el expediente.
El dato político no es menor: el ejercicio auditado corresponde al primer año completo de la segunda gestión de Alfredo Cornejo y al período en que Tadeo García Zalazar estuvo al frente del Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE.
Subsidios que no habían sido rendidos
El primer reparo del Tribunal estuvo relacionado con la falta de rendición de subsidios otorgados durante 2024. La observación no implica, por sí misma, que se haya comprobado un desvío de fondos ni que los recursos hayan sido utilizados indebidamente. Lo que sí dejó asentado el organismo de control es que hubo procedimientos administrativos irregulares vinculados con la rendición.
La diferencia es fundamental. Un subsidio público no termina administrativamente cuando el Estado entrega el dinero. El receptor debe acreditar posteriormente el destino de los fondos mediante la documentación correspondiente. La normativa provincial contempla precisamente mecanismos específicos para la rendición de subsidios.
En este caso, la situación terminó siendo subsanada durante 2025 y el Tribunal finalmente aprobó la cuenta. Pero queda una zona gris que el propio fallo público no permite despejar: no aparecen identificados en la resolución los subsidios observados, sus beneficiarios ni los montos involucrados. Tampoco se informa allí cuánto tiempo permanecieron pendientes de rendición.
Para una administración que maneja recursos destinados al sistema educativo, esos datos no son accesorios. Son precisamente los que permiten saber qué dinero fue entregado, a quién, para qué finalidad y cuándo se acreditó su utilización.
El segundo problema: contratados con incompatibilidades
El otro reparo resulta todavía más delicado desde el punto de vista del control del empleo público. La auditoría detectó deficiencias en las declaraciones juradas de cargos de personal contratado de la UCPP.
A partir de esa observación, la administración debió acreditar que había solicitado declaraciones juradas completas y certificadas en las que los contratados informaran los cargos y contratos de locación que mantenían con organismos nacionales, provinciales o municipales, además de los horarios correspondientes.
Pero el Tribunal no se limitó a señalar que faltaba documentación. El fallo dejó asentado que se realizaron acciones para subsanar incompatibilidades que habían sido detectadas. Eso permite establecer una diferencia importante: no se trató exclusivamente de un expediente al que le faltaba un papel. La auditoría identificó situaciones que debieron ser corregidas por la administración.
Ahora bien, tampoco corresponde transformar ese dato en una acusación de fraude o delito. Una incompatibilidad administrativa no equivale automáticamente a corrupción. La normativa provincial establece un régimen específico de incompatibilidades y la propia legislación reconoce que la acumulación de funciones públicas puede generar situaciones que deben ser regularizadas.
La pregunta que queda abierta es otra: ¿por qué el control no detectó esas situaciones antes de que los contratos fueran ejecutados?
Un problema que la DGE ya conoce
Lo particularmente llamativo es que los controles sobre incompatibilidades y contrataciones no son un territorio desconocido para la administración educativa. El Tribunal de Cuentas lleva años señalando la necesidad de controlar las declaraciones juradas y las posibles incompatibilidades dentro de la DGE.
En antecedentes de auditorías anteriores aparecen observaciones referidas a contratados de la DGE que simultáneamente revestían como personal de planta en otros organismos, además de la obligación de incorporar certificados de incompatibilidad a los expedientes.
La propia historia de la UCPP muestra que los problemas administrativos tampoco comenzaron en 2024. En la rendición correspondiente al ejercicio 2014, por ejemplo, el Tribunal ya había señalado deficiencias en los procedimientos y la necesidad de reforzar los controles sobre fondos administrados por establecimientos educativos.
Y en el ejercicio 2021, el organismo volvió a formular multas y observaciones sobre funcionarios vinculados con la UCPP. Es decir, el problema de fondo no parece ser la existencia de una observación aislada, sino la persistencia histórica de dificultades en los mecanismos administrativos de control de un área que maneja fondos públicos.
La contradicción entre aprobar y observar
Aquí aparece uno de los puntos que más fácilmente pueden generar confusión. El Tribunal aprobó la rendición de la DGE-UCPP correspondiente a 2024.
Eso significa que, concluido el proceso de control, las observaciones fueron consideradas subsanadas en los términos establecidos por el organismo. Pero esa aprobación no borra las observaciones realizadas durante la auditoría.
El propio Tribunal explica que su juicio de cuentas busca determinar si los movimientos de fondos se ajustaron a la legalidad y que el proceso puede terminar aprobando o desaprobando una cuenta, además de aplicar multas o cargos cuando corresponde.
Por eso, decir simplemente que “la DGE fue aprobada” sería incompleto. La formulación correcta es otra:
La cuenta fue aprobada después de que se detectaran y subsanaran observaciones relacionadas con subsidios e incompatibilidades.
¿Cuánto dinero estuvo involucrado?
Este es uno de los interrogantes más relevantes que deja el caso. La información pública difundida sobre el fallo no identifica los montos de los subsidios observados ni detalla los beneficiarios.
Y eso impide dimensionar económicamente el problema. La UCPP, aunque representa una porción muy pequeña frente al presupuesto total de la DGE, administra recursos públicos para programas y proyectos educativos. En la información presupuestaria oficial figura con partidas específicas de funcionamiento y capital.
La cuestión, entonces, no es solamente cuánto representa la UCPP dentro del presupuesto educativo. Es que cada peso que administra debe poder seguirse documentalmente desde su asignación hasta su destino final. La trazabilidad es precisamente una de las funciones esenciales de los mecanismos de control público.
El contexto vuelve más sensible el caso
La observación llega además en un momento en el que el Gobierno provincial intenta exhibir a la educación como uno de sus ejes de gestión y al mismo tiempo sostiene un fuerte discurso sobre eficiencia administrativa.
El Gobierno reconoce que el Tribunal de Cuentas tiene una función central en el control de la ejecución presupuestaria. Alfredo Cornejo lo expresó públicamente durante la asunción de autoridades del organismo: destacó la rendición de cuentas y el control como elementos esenciales para garantizar transparencia y responsabilidad en la gestión pública.
Precisamente por eso, los reparos del Tribunal no deberían ser relativizados. Si el discurso oficial habla de eficiencia, los procedimientos administrativos también forman parte de esa eficiencia. Y si se habla de transparencia, la ciudadanía debería poder conocer qué subsidios fueron observados, cuánto dinero involucraron y qué contrataciones debieron ser corregidas.
No es la primera vez que Educación queda expuesta
El antecedente inmediato es todavía más fuerte.
En 2025, el Tribunal de Cuentas había aplicado multas por un total de $1,8 millones a ocho funcionarios vinculados con la UCPP por irregularidades detectadas en la gestión de meriendas del programa “Volvé a la Escuela”, correspondiente al ejercicio 2023.
Entre las observaciones aparecieron inconsistencias en planillas y recibos, problemas en documentación de entregas y cuestionamientos relacionados con la destrucción de alimentos vencidos.
El Tribunal aprobó formalmente aquella rendición, pero aplicó sanciones a funcionarios por las irregularidades detectadas. Ese antecedente no permite afirmar que exista una misma irregularidad ni una continuidad automática entre ambos expedientes.
Pero sí permite plantear una cuestión política legítima: ¿Qué tan eficaces son los controles internos de la DGE si año tras año el Tribunal vuelve a encontrar problemas administrativos en áreas vinculadas con la gestión de fondos y bienes educativos?
La responsabilidad no termina cuando se corrige el expediente
Hay una tendencia habitual en la administración pública: cuando una observación se corrige, el problema queda presentado como cerrado.
Administrativamente puede ser así. Políticamente, no necesariamente. Que una irregularidad haya sido subsanada durante 2025 es un dato positivo: significa que el mecanismo de control funcionó y que la administración corrigió aquello que el Tribunal observó.
Pero también significa que la falla existió durante el ejercicio auditado. En materia de administración de recursos públicos, corregir después es necesario. Evitar que ocurra es mejor. Y allí está el desafío para la DGE.
Una pregunta que todavía no tiene respuesta
El fallo deja una serie de interrogantes que deberían ser respondidos públicamente.
¿Qué subsidios no habían sido rendidos?
¿Cuánto dinero representaban?
¿Quiénes eran los beneficiarios?
¿Cuántos contratados estaban alcanzados por incompatibilidades?
¿Qué tipo de incompatibilidades se detectaron?
¿Hubo pagos superpuestos?
¿Se recuperó algún importe?
¿Se modificaron los procedimientos internos para evitar que vuelva a ocurrir?
Las respuestas no aparecen en la resolución pública analizada.
Y eso abre un debate que excede al propio Tribunal de Cuentas: qué nivel de información debe estar disponible para que el control ciudadano pueda complementar al control institucional.
Porque el Tribunal puede aprobar una cuenta. La administración puede corregir un expediente. Pero la transparencia no debería terminar en la frase “observación subsanada”.
En una provincia donde Educación representa una de las mayores áreas del gasto público, saber cómo se administran los recursos destinados a escuelas, programas y estudiantes no es una cuestión burocrática: es información de interés público.
Y en este caso, la auditoría dejó constancia de algo que merece atención: durante 2024 hubo subsidios cuya rendición presentó problemas y contratados respecto de los cuales se detectaron incompatibilidades.
El expediente se cerró.
Las preguntas, todavía no.