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POLÍTICA

25 de agosto de 2026

Caso D’Agostino: una causa atrapada entre filtraciones, vínculos y un expediente digital bajo sospecha

La investigación contra el exsubsecretario de Justicia de Mendoza acumula recusaciones, inhibiciones, filtraciones de chats entre jueces, cuestionamientos sobre vínculos entre fiscales y abogados, una denuncia por movimientos sospechosos en expedientes digitales y ahora una controversia por las fechas de una pericia psicológica. La Justicia rechazó algunos de los planteos y el Ministerio Público negó que haya manipulación. Pero la sucesión de episodios dejó una pregunta institucional difícil de esquivar: ¿puede garantizarse la apariencia de imparcialidad cuando tantos protagonistas del sistema judicial aparecen vinculados entre sí o terminan apartándose del expediente?

La causa que tiene como imputado a Marcelo D'Agostino ya dejó de ser solamente una investigación penal por una denuncia de violencia de género.

Se transformó también en un expediente que expone, casi en tiempo real, las relaciones personales, profesionales e institucionales que atraviesan a la Justicia mendocina.


Desde que su expareja presentó la denuncia en abril, la investigación acumuló recusaciones, inhibiciones, cambios de magistrados, cuestionamientos sobre fiscales, filtraciones de conversaciones privadas entre jueces, pedidos de investigación informática y una nueva controversia por la trazabilidad del expediente digital.

Al 25 de agosto, ninguno de esos episodios permite afirmar por sí mismo que la investigación haya sido manipulada para favorecer a D’Agostino.

Pero tampoco resulta menor que una causa que necesita demostrar independencia y transparencia haya quedado rodeada de tantos interrogantes sobre las personas, los procedimientos y los sistemas que intervienen en ella.

El origen de la causa

D’Agostino renunció el 10 de abril a la Subsecretaría de Justicia, cargo que ocupaba desde 2015, después de que su expareja presentara una denuncia penal por abuso sexual, lesiones, amenazas, coacciones y violencia de género. El exfuncionario negó las acusaciones y sostuvo que la denuncia era falsa y que buscaba perjudicarlo personal y políticamente.

La presentación judicial describió hechos que, según la denunciante, se extendieron entre 2021 y 2024, con situaciones de hostigamiento que habrían continuado hasta 2025. La mujer sostuvo además que la posición institucional de D’Agostino habría operado como un factor de intimidación.

La investigación penal avanzó inicialmente por la vía de violencia de género.

El 23 de abril D’Agostino fue formalmente imputado por coacciones en contexto de violencia de género y tenencia ilegal de arma de fuego de guerra. La acusación por abuso sexual y otros hechos denunciados continuó bajo investigación.

Es importante remarcarlo porque el debate público ha mezclado en ocasiones la denuncia original con la imputación concreta: D’Agostino no fue imputado por todos los delitos incluidos en la denuncia inicial.

Primera señal de alerta: los vínculos dentro del Ministerio Público

Uno de los primeros problemas institucionales apareció antes de que comenzaran las recusaciones.

El procurador general Alejandro Gullé se inhibió de intervenir por su relación previa con D’Agostino. También se apartó Laura Rouselle, fiscal jefa de Violencia de Género, por vínculos previos con personas relacionadas con el expediente.

La situación obligó a reorganizar la supervisión de la investigación. Pero el reemplazo tampoco quedó libre de cuestionamientos. La querella pidió el apartamiento del fiscal jefe Alejandro Iturbide porque, según denunció, mantiene desde hace aproximadamente 15 años una relación académica y laboral con Daniel Sosa Arditi, uno de los abogados defensores de D’Agostino.

Ambos integran la misma cátedra de Derecho Penal II de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo. La querella sostiene que Sosa Arditi es profesor adjunto e Iturbide jefe de trabajos prácticos y que ambos participan de actividades académicas y tribunales examinadores.

La defensa negó que esa relación implique falta de objetividad. Y el fiscal adjunto Gustavo Pirrello finalmente rechazó el pedido de apartamiento de Iturbide y de la fiscal Valeria Bottini, al considerar que no se acreditaron causales de recusación ni elementos suficientes para comprometer su imparcialidad.

Este dato es fundamental: la sospecha existe como planteo de la querella, pero fue rechazada por la autoridad competente.

El caso que puso a los jueces bajo la lupa: los chats privados

El episodio más explosivo ocurrió en junio. Un grupo de jueces penales mantenía un chat privado denominado “Hay juec@s en Berlín”. Allí aparecieron comentarios sobre D’Agostino y su situación procesal. Uno de ellos, atribuido a la jueza María Belén Salido, decía: “Uyy, seguro que le piden prisión preventiva jejej”.

La defensa utilizó ese mensaje para recusarla por temor de parcialidad cuando Salido fue sorteada para integrar el tribunal que debía resolver otro planteo dentro del expediente. Pero el problema institucional fue todavía mayor.

Varios magistrados denunciaron al juez Rafael Escot ante la Suprema Corte porque, según la presentación, habría entregado a D’Agostino capturas de pantalla de ese chat privado.

Según los relatos publicados sobre la denuncia, Escot reconoció haber enviado las capturas y dijo que D’Agostino era su amigo. Los magistrados pidieron que se peritaran sus teléfonos para determinar el alcance de la filtración.

La cuestión no es solamente si una jueza hizo un comentario impropio. Lo verdaderamente delicado es que un magistrado habría utilizado información proveniente de un espacio privado de deliberación de jueces para beneficiar la estrategia procesal de una de las partes.

Si esa conducta se confirma en las instancias correspondientes, el problema excedería ampliamente a la causa D’Agostino: afectaría la confianza interna entre magistrados y la percepción pública sobre la independencia judicial.

Los propios jueces que denunciaron la filtración lo plantearon en términos institucionales: la situación podía proyectar hacia la sociedad la imagen de que dentro del Poder Judicial existen magistrados capaces de operar secretamente a favor de una de las partes.

Salido rechazó la recusación, pero terminó apartándose

La jueza María Belén Salido rechazó el planteo de la defensa. Sin embargo, posteriormente decidió apartarse del expediente por razones personales. El episodio terminó generando otro movimiento dentro del tribunal encargado de resolver las distintas recusaciones. Otros magistrados también terminaron apartándose, lo que produjo una sucesión de sorteos y reemplazos.

El resultado fue un expediente que durante semanas tuvo dificultades para consolidar una composición estable. Y allí aparece una cuestión que va más allá de la discusión jurídica: la imparcialidad no solamente debe existir; también debe resultar creíble para las partes y para la sociedad.

La conjueza y otra discusión sobre imparcialidad

En medio del laberinto apareció María Jimena Pina González, designada como conjueza para intervenir en el expediente.

La querella pidió su recusación. Entre los argumentos expuestos estuvo que la magistrada se encontraba concursando para cargos permanentes dentro del fuero penal y que, según la representación de la denunciante, su eventual carrera judicial dependía de organismos políticos como el Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado.

La querella también cuestionó que la acordada mediante la cual fue designada no hubiera sido publicada oportunamente en los canales habituales, planteando dudas sobre la transparencia del procedimiento.

Después de nuevas recusaciones, inhibiciones y sorteos, finalmente se resolvió que Pina González continuaría al frente del expediente. Otra vez: que una parte haya cuestionado su designación no significa que exista una irregularidad judicial probada.

Pero la acumulación de planteos vuelve a mostrar el mismo problema: cada nuevo movimiento procesal termina abriendo otro interrogante sobre la independencia de quien debe resolver.

El expediente digital: la nueva controversia

El capítulo más reciente es probablemente el que más necesita una explicación técnica. La querella denunció una posible alteración de la cronología del expediente digital. El punto concreto es una pericia psicopatológica realizada a D’Agostino.

El documento aparece asociado al 27 de mayo de 2026, pero fue firmado digitalmente el 3 de julio. La querella realizó dos descargas completas del expediente —el 26 de junio y el 5 de agosto— y sostuvo que la primera no contenía esa actuación mientras que la segunda sí la mostraba, aunque ubicada cronológicamente en mayo.

La abogada María Elena Quintero planteó que el problema no consiste necesariamente en que una de las dos fechas sea falsa.

El interrogante es otro: ¿qué fecha debe considerarse como la verdadera incorporación de la prueba al expediente y desde cuándo las partes pudieron acceder a ella?

Eso puede tener importancia procesal porque la trazabilidad de las actuaciones permite controlar cuándo una prueba fue incorporada, cuándo quedó disponible y qué plazos comenzaron a correr.

El Ministerio Público niega que haya habido manipulación

Frente al cuestionamiento, la Unidad Fiscal de Violencia de Género salió a explicar el funcionamiento del sistema.

El MPF sostuvo que “no ha existido tal manipulación”. Según la explicación oficial, cuando se ordena una pericia al Cuerpo Médico Forense se genera inicialmente un documento donde se cargan los puntos periciales. Ese documento puede permanecer abierto mientras se realizan entrevistas y evaluaciones.

Una vez terminada la pericia se incorporan las conclusiones y los profesionales firman digitalmente. Por eso, según el Ministerio Público, el 27 de mayo corresponde a la apertura administrativa de la actuación y el 3 de julio a su finalización y firma.

La defensa coincidió con esa explicación y sostuvo que la pericia no estuvo oculta: el perito de control de la querella habría participado de todas las instancias de evaluación.

La querella, en cambio, respondió que esa explicación no resuelve el problema de fondo: qué fecha ve una parte cuando consulta el expediente y cuándo la prueba quedó efectivamente disponible para su control. Por ahora, entonces, hay una controversia técnica. No existe una prueba pública que permita afirmar que alguien adulteró deliberadamente el expediente.

Pero sí existe una diferencia cronológica que fue denunciada y que merece ser aclarada técnicamente.

Otro expediente y un desarchivo que también despertó sospechas

El expediente principal tampoco es el único sistema informático que quedó bajo cuestionamiento.

La querella denunció ante la Suprema Corte un movimiento realizado el 6 de marzo de 2026 en el sistema Iurix de un expediente civil anterior vinculado a la denunciante.

Según la presentación, ese expediente habría sido desarchivado cuando la mujer ya estaba consultando con su actual abogada sobre la posibilidad de realizar una denuncia penal contra D’Agostino. La representación de la denunciante pidió preservar los registros informáticos y determinar quién realizó el movimiento y bajo qué fundamento.

La sospecha planteada es especialmente sensible porque, de comprobarse un acceso indebido a información reservada, podría afectar el secreto profesional y la confidencialidad de las comunicaciones entre una persona y su abogada.

Pero nuevamente hay que poner un límite periodístico: el desarchivo está documentado; que haya sido realizado para beneficiar a D’Agostino o para acceder ilegítimamente a información reservada no está probado.

La disputa por la información que llegó a los medios

La causa también acumuló denuncias por filtraciones de información sensible.

La querella cuestionó que elementos del expediente hubieran llegado a medios de comunicación mientras algunas partes todavía no tenían acceso pleno a determinadas actuaciones. Esto agrega otra dimensión al problema.

Porque si un expediente penal tiene información sensible, especialmente cuando involucra denuncias de violencia de género y datos de salud, la filtración selectiva puede terminar afectando no solamente la privacidad de las personas sino también el equilibrio procesal.

La información judicial debería llegar a la sociedad mediante mecanismos transparentes, no mediante filtraciones cuya procedencia y finalidad nadie pueda determinar.

La denuncia de 2024 que volvió a aparecer

En agosto de 2024, mientras todavía era subsecretario de Justicia, D’Agostino había sido denunciado por Aldo Sergio Parodi en una presentación que incluía acusaciones de violencia de género, incumplimiento de deberes de asistencia familiar, evasión tributaria y supuesto enriquecimiento ilícito.

Aquella presentación también involucraba a su entonces esposa y a otras posibles víctimas. La existencia de aquella denuncia no demuestra las acusaciones actuales ni significa que D’Agostino haya cometido esos delitos. Pero resulta noticiosa por otro motivo: la actual causa penal no apareció en un vacío absoluto, sino después de que durante años hubieran circulado otros cuestionamientos sobre la conducta del exfuncionario.

El antecedente de 2017

Hay además un antecedente institucional todavía más antiguo. En junio de 2017, cuando D’Agostino ya era subsecretario de Justicia, una empleada de su área denunció un episodio ocurrido en Casa de Gobierno.

El propio Gobierno provincial informó oficialmente que se había producido una discusión entre la empleada y el subsecretario y que el caso había sido llevado a la Justicia Penal.

La fiscal que intervino entonces sostuvo públicamente que se trataba de una situación del ámbito laboral y no de violencia de género. La evaluación interdisciplinaria de aquel momento determinó un bajo nivel de riesgo físico.

Es un antecedente que debe ser tratado con especial cuidado: no existe base para presentarlo como una condena ni como una confirmación de las acusaciones actuales. Pero sí forma parte del historial público del funcionario y explica por qué la aparición de una nueva denuncia generó una revisión de episodios anteriores.

La defensa también contraataca

El expediente no se mueve solamente por las presentaciones de la querella. La defensa de D’Agostino denunció a su expareja por falsa denuncia, falso testimonio y tentativa de extorsión.

Uno de los elementos utilizados por los abogados es el testimonio de un hombre que aseguró que la denunciante habría reclamado 500.000 dólares para dejar de tener contacto con D’Agostino. La existencia y alcance de esa afirmación están siendo discutidos dentro de la propia causa.

La defensa también sostiene que distintas pruebas —fotografías, testimonios de exparejas, registros de seguridad y pericias— contradicen el relato de la denunciante.

La querella, por su parte, cuestiona la forma en que se incorporaron algunas pruebas y sostiene que la investigación habría puesto un énfasis excesivo sobre la denunciante.

En otras palabras: las dos partes acusan a la otra de utilizar el proceso para construir una determinada narrativa. La Justicia todavía debe determinar cuál de esas versiones se corresponde con los hechos.

Ahora la defensa acusa a la querella de frenar la causa

El último capítulo ocurrió el 24 de agosto. Los abogados de D’Agostino solicitaron sanciones contra María Elena Quintero y pidieron que el planteo sea remitido al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados. La defensa sostiene que la querella solicitó 14 suspensiones de audiencias en cuatro meses y que esa conducta estaría provocando una dilación indebida del proceso.

Según la defensa, la mayoría de la prueba ya estaría producida y restaría principalmente la pericia psicológica de la denunciante. Quintero, por su parte, sostiene que existen motivos procesales para sus planteos y continúa cuestionando distintas decisiones adoptadas durante la investigación.

La Justicia deberá determinar si hubo una dilación abusiva o si las suspensiones estuvieron justificadas.

Un expediente donde cada actor tiene una historia con otro

Este es probablemente el dato más relevante de toda la investigación. No existe un único cuestionamiento.

Existe una cadena:

Gullé se inhibió por su vínculo con D’Agostino.

Rouselle también se apartó.

La querella recusó a Iturbide por su relación académica con el abogado defensor.

La defensa recusó a Salido por comentarios realizados en un chat privado.

Salido terminó apartándose.

Magistrados denunciaron a Escot por la filtración de esos chats.

La conjueza Pina González fue recusada por la querella.

Otros magistrados terminaron apartándose durante la discusión sobre quién debía resolver.

La querella denunció movimientos sospechosos en sistemas informáticos judiciales.

Ahora existe una controversia sobre la cronología de una pericia dentro del expediente digital.

Y la defensa acusa a la querella de paralizar la causa mediante suspensiones de audiencias.

Cada episodio tiene su propia explicación jurídica.

Pero vistos en conjunto producen algo más preocupante: una causa en la que la discusión sobre los hechos denunciados quedó parcialmente desplazada por la discusión sobre quienes deben investigar, quienes deben juzgar, cómo se incorporan las pruebas y quién tiene acceso a la información.

La Justicia ya rechazó algunos cuestionamientos

Esto también debe quedar claro. No todos los planteos de irregularidad prosperaron. El fiscal adjunto Gustavo Pirrello rechazó el pedido para apartar a Iturbide y Bottini. La recusación contra la conjueza Pina González tampoco terminó desplazándola del expediente.

Y el Ministerio Público Fiscal negó que haya existido manipulación del expediente digital. Por eso, hablar de “Justicia manipulada” como una conclusión cerrada sería exceder lo que hoy permiten las pruebas públicas.

Pero también sería incorrecto ignorar que jueces, fiscales y abogados de ambas partes formularon denuncias, recusaciones e inhibiciones que afectaron el desarrollo normal del proceso.

El problema institucional que queda

El caso D’Agostino plantea una cuestión que supera al exfuncionario. Mendoza tiene un Poder Judicial pequeño, con relaciones profesionales y académicas que muchas veces se cruzan. Eso no significa automáticamente que exista una red de protección.

Pero cuando un fiscal comparte durante años una cátedra con el abogado defensor de un imputado, cuando un procurador debe apartarse por su amistad con ese imputado, cuando un juez reconoce haberle enviado capturas de un chat privado de magistrados y cuando una causa acumula cambios de jueces y cuestionamientos sobre la trazabilidad de pruebas digitales, la obligación de las instituciones debería ser todavía mayor: explicar, documentar y transparentar cada decisión.

Porque en una causa de esta sensibilidad no alcanza con que la Justicia sea imparcial.

También tiene que parecerlo. Y hoy, a cuatro meses del inicio del expediente, esa es precisamente la pregunta que sigue abierta. No si D’Agostino es culpable o inocente —eso deberá determinarlo la Justicia— sino si el sistema judicial mendocino está consiguiendo garantizar que esa respuesta llegue después de un proceso que no deje dudas sobre su independencia, su trazabilidad y su transparencia.

Ese es el verdadero desafío institucional que dejó expuesto este expediente.

Qué está probado y qué no

Está documentado:

  • D’Agostino renunció al cargo y fue posteriormente imputado por coacciones en contexto de violencia de género y tenencia ilegal de arma de fuego.
  • Gullé y otros funcionarios judiciales se inhibieron por vínculos previos.
  • La querella recusó a fiscales y magistrados.
  • La defensa recusó a la jueza Salido.
  • Magistrados denunciaron a Rafael Escot por la filtración de chats.
  • Se produjo una controversia sobre las fechas de una pericia digital.
  • El MPF negó que hubiera manipulación del expediente.
  • La defensa pidió sanciones contra la querella por las suspensiones de audiencias.

No está probado:

  • Que alguien haya manipulado deliberadamente el expediente digital.
  • Que los vínculos entre fiscales y abogados hayan producido decisiones parciales.
  • Que el desarchivo de un expediente anterior haya sido realizado para beneficiar a D’Agostino.
  • Que las acusaciones de violencia y abuso sexual sean verdaderas o falsas: continúan bajo investigación.
  • Que la filtración de chats haya producido una alteración ilegítima del resultado del proceso.

La pregunta que queda

El caso D’Agostino ya no solamente interpela a un exfuncionario. Interpela al funcionamiento de la Justicia mendocina.

Y la pregunta más incómoda no es si existen vínculos entre quienes participan de la causa —porque varios ya fueron reconocidos— sino si esos vínculos fueron correctamente transparentados, si las recusaciones fueron resueltas con criterios objetivos y si cada prueba incorporada al expediente puede ser auditada sin ninguna zona gris.

Porque cuando la Justicia investiga a alguien que durante una década ocupó una posición estratégica dentro de la propia estructura judicial y política de Mendoza, la vara de transparencia tiene que ser más alta, no más baja.

Y hasta que cada una de estas controversias tenga una explicación verificable, el expediente seguirá cargando con una sospecha que ninguna de las partes podrá resolver con comunicados: la sospecha de que en esta causa hay demasiados protagonistas que, de una manera u otra, ya se conocían antes de que comenzara la investigación.

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