POLÃTICA
11 de agosto de 2026
Milei endurece el acceso a la salud: extranjeros no residentes deberán pagar
El Gobierno nacional avanzó con la implementación del régimen que obliga a los extranjeros sin residencia permanente a contar con un seguro médico o pagar las prestaciones habituales en los hospitales administrados por el Estado nacional. Las emergencias seguirán siendo atendidas sin restricciones.
El Gobierno de Javier Milei dio un nuevo paso en su política migratoria y avanzó con el esquema que establece el cobro de las prestaciones médicas habituales a los extranjeros no residentes que concurran a hospitales bajo administración del Estado nacional.
La medida establece dos alternativas para quienes no tengan residencia permanente: presentar un seguro de salud que cubra la atención o afrontar previamente el costo de la prestación médica. La atención de emergencia, en cambio, continuará garantizada cualquiera sea la situación migratoria del paciente.
El cambio no modifica solamente una cuestión administrativa de los hospitales. Es la aplicación de una de las reformas más sensibles introducidas por el Gobierno en la Ley de Migraciones, que desde mayo de 2025 dejó de garantizar en las mismas condiciones el acceso de todos los extranjeros al sistema sanitario nacional.
El nuevo esquema alcanza específicamente a quienes no tienen residencia permanente y utilizan establecimientos de salud administrados por la Nación. Los extranjeros con residencia permanente mantienen el acceso al sistema público en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos.
La regla que cambió con Milei
El punto de partida de esta transformación fue el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, publicado el 29 de mayo de 2025.
La norma sustituyó el artículo 8 de la Ley de Migraciones 25.871 y estableció una diferencia entre emergencias, residentes permanentes y extranjeros que se encuentran temporalmente en el país.
La nueva redacción determina que ningún extranjero puede ser privado de atención sanitaria en una emergencia, independientemente de su situación migratoria.
Para los residentes permanentes, en cambio, se garantiza el acceso al sistema público en las mismas condiciones que los argentinos.
El cambio aparece en el tercer supuesto: fuera de las emergencias y de los casos correspondientes a residentes permanentes, los hospitales administrados por el Estado nacional pueden exigir un seguro de salud o el pago previo de la atención habitual.
Es decir, la nueva política no habilita a un hospital nacional a rechazar a una persona que llega con una emergencia médica. Lo que modifica es el principio de gratuidad para las prestaciones programadas o habituales de los extranjeros no residentes.
¿A quiénes alcanza?
La distinción migratoria resulta clave.
El nuevo esquema alcanza principalmente a extranjeros que se encuentran en Argentina de manera transitoria y que no poseen residencia permanente.
En cambio, los extranjeros que cuentan con residencia permanente conservan el derecho a utilizar el sistema público nacional de salud en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos.
También queda garantizada la atención de emergencia para cualquier extranjero, incluso para quien se encuentre en situación migratoria irregular.
La norma además incorporó al régimen migratorio la obligación de que quienes ingresen al país presenten una declaración jurada en la que manifiesten el motivo de su ingreso y acrediten contar con un seguro de salud para atender sus necesidades médicas.
La lógica del Gobierno es que quien llega temporalmente al país no traslade al Estado argentino el costo de una atención médica programada que puede ser cubierta mediante un seguro o mediante el pago de la prestación.
El argumento económico del Gobierno
El Ejecutivo justificó la reforma con números que fueron incorporados al propio DNU.
Según los fundamentos oficiales, durante 2024 las consultas realizadas por inmigrantes en hospitales nacionales habrían representado un gasto aproximado de $42.000 millones, mientras que los egresos hospitalarios de extranjeros habrían demandado otros $72.000 millones.
El decreto señaló además que los egresos hospitalarios de extranjeros representaron el 10,58% del total de egresos registrados en ese período.
El Gobierno también puso el foco en los tratamientos de alta complejidad y en los trasplantes. En los fundamentos del decreto sostuvo que algunos pacientes extranjeros llegan a Argentina buscando prestaciones que no encuentran en sus países de origen y que, en determinados casos, no existirían mecanismos suficientes de seguimiento posterior.
Con esos argumentos, la Casa Rosada presentó la modificación como una herramienta para reducir el gasto sanitario que, según su interpretación, termina financiando el Estado argentino.
El Gobierno habla de “turismo sanitario”
La reforma migratoria fue acompañada desde el comienzo por un fuerte discurso oficial contra lo que el Gobierno denomina “turismo sanitario”.
En los fundamentos del DNU, el Ejecutivo sostiene que existe una práctica por la cual personas de países vecinos ingresan a Argentina con el objetivo específico de utilizar gratuitamente el sistema sanitario y luego regresar a sus países de origen.
El Gobierno también afirmó que se detectó un incremento de extranjeros que ingresan para acceder a prestaciones de alta complejidad y casos de personas que solicitan una residencia temporal con el objetivo principal de recibir tratamientos médicos.
Ese diagnóstico, sin embargo, fue cuestionado por organizaciones de migrantes y especialistas.
En 2025, entidades como el CELS, CAREF y grupos académicos vinculados al estudio de las migraciones cuestionaron los fundamentos del DNU y sostuvieron que el Gobierno utilizaba afirmaciones no suficientemente respaldadas para justificar restricciones a derechos de las personas migrantes.
También remarcaron que los extranjeros que viven y trabajan en Argentina participan del sistema tributario a través del consumo, los alquileres y otras actividades económicas.
No es una medida nueva en las provincias
Aunque ahora la discusión vuelve a instalarse a nivel nacional, el cobro de la atención sanitaria a extranjeros no residentes ya había comenzado a implementarse en distintas provincias.
Salta fue una de las primeras jurisdicciones en avanzar con el arancelamiento. En febrero de 2024, el gobernador Gustavo Sáenz estableció mediante decreto que los extranjeros con residencia transitoria o precaria debían contribuir al financiamiento de la atención sanitaria, mientras que las urgencias y emergencias quedaban garantizadas.
La experiencia salteña fue utilizada posteriormente como antecedente político para la discusión nacional.
En Mendoza, el Gobierno provincial también implementó el cobro para extranjeros que no cuentan con residencia permanente, con exclusión de las situaciones de urgencia. La medida comenzó a regir en 2024 y alcanzó consultas programadas, cirugías y otras prestaciones.
Santa Cruz adoptó un esquema diferente: su Ministerio de Salud estableció en abril de 2024 un arancel diferenciado 50% superior al correspondiente a la práctica para extranjeros no residentes o transitorios que no tuvieran carnet hospitalario y no estuvieran alcanzados por convenios bilaterales de reciprocidad. Las emergencias quedaron exceptuadas.
El fenómeno también avanzó en otras provincias y abrió una discusión sobre quién debe financiar las prestaciones de personas que permanecen temporalmente en el país.
Un dato que relativiza el impacto
La discusión política suele presentar el problema como si la utilización del sistema público por extranjeros fuera masiva en todo el país. Pero los datos disponibles muestran una realidad más heterogénea.
En Río Negro, por ejemplo, un análisis oficial citado por el diario Río Negro mostró que durante 2024 el Hospital Ramón Carrillo de Bariloche atendió 96 pacientes extranjeros no residentes, de los cuales apenas 10 requirieron internación. En 2023 habían sido 131 consultas y 22 internaciones.
El dato sirve para mostrar que el impacto no es uniforme y depende fuertemente de la ubicación geográfica de cada hospital, su nivel de complejidad y la cercanía con las fronteras.
De hecho, la problemática es especialmente sensible en las provincias limítrofes, donde existen históricamente intercambios permanentes de población y pacientes entre Argentina y los países vecinos.
La discusión por la reciprocidad
Uno de los argumentos que atraviesa el debate es el principio de reciprocidad.
Las provincias que implementaron sistemas de cobro sostienen que Argentina no debería financiar unilateralmente prestaciones para ciudadanos de países que no ofrecen un acceso equivalente a los argentinos.
Ese argumento tuvo especial peso en Salta y Jujuy frente a la relación sanitaria con Bolivia.
Pero el debate es más complejo porque los acuerdos internacionales y las distintas categorías migratorias pueden determinar tratamientos diferentes para cada persona.
El propio DNU 366/2025 establece que las nuevas reglas deben convivir con el resto del régimen migratorio y con las obligaciones internacionales asumidas por Argentina.
Por eso, no todos los extranjeros que ingresan al país quedan automáticamente en la misma situación frente al sistema sanitario.
¿Qué pasa con una emergencia?
Este es uno de los puntos que más claramente establece la normativa.
Una emergencia médica no puede ser rechazada por la condición migratoria del paciente.
La nueva redacción del artículo 8 de la Ley de Migraciones establece que en esos casos no puede negarse ni restringirse el acceso a la asistencia sanitaria a ningún extranjero, cualquiera sea su situación migratoria.
Por lo tanto, un turista sin seguro que llegue a un hospital nacional con una emergencia seguirá siendo atendido.
La diferencia aparecerá después o en aquellas prestaciones que no sean consideradas de emergencia: allí el hospital podrá exigir cobertura mediante un seguro o el pago de la prestación, según las condiciones que establezca la autoridad sanitaria.
Una política que también busca cambiar el ingreso al país
La reforma no se limita al momento en que el extranjero llega al hospital.
El DNU también modificó las condiciones de ingreso al país. La nueva legislación establece que los extranjeros que soliciten admisión deben presentar una declaración jurada sobre el propósito de su ingreso y acreditar que cuentan con un seguro de salud para atender sus necesidades médicas.
De esta manera, el Gobierno intenta trasladar parte de la responsabilidad financiera desde el sistema sanitario público hacia el propio visitante o su compañía aseguradora.
La reforma, además, endureció otras condiciones migratorias, como los requisitos para obtener determinados tipos de residencia, los procedimientos de expulsión y las condiciones para acceder a la ciudadanía.
La salud forma parte, entonces, de una reforma migratoria mucho más amplia.
El debate que se abre ahora
La implementación del cobro vuelve a poner sobre la mesa una discusión que excede al Gobierno de Milei.
Por un lado, el Ejecutivo sostiene que los recursos del sistema público deben priorizar a quienes viven y aportan de manera permanente en Argentina y que los visitantes deben contar con cobertura para afrontar eventuales tratamientos.
Por el otro, organizaciones de derechos humanos y especialistas en migración cuestionan que la categoría migratoria pueda convertirse en una barrera para acceder a derechos fundamentales y advierten sobre posibles conflictos con normas constitucionales y tratados internacionales.
El artículo 20 de la Constitución establece que los extranjeros gozan en el territorio argentino de los derechos civiles de los ciudadanos. El propio DNU 366/2025 reconoce ese marco constitucional al justificar las modificaciones.
La discusión jurídica, por lo tanto, todavía no está cerrada.
El cambio de fondo: de la gratuidad general al seguro o pago
La modificación más importante puede resumirse en una fórmula sencilla.
Hasta ahora, el sistema nacional de salud argentino se caracterizaba por garantizar una atención pública amplia independientemente de la nacionalidad del paciente.
Con la reforma impulsada por Milei, el criterio pasa a estar condicionado por la situación migratoria.
Para un extranjero no residente permanente, una prestación médica habitual en un hospital nacional deja de ser necesariamente gratuita: deberá existir un seguro que cubra el tratamiento o deberá abonarse el servicio.
Las emergencias quedan fuera de esa regla. Los residentes permanentes también quedan fuera de la restricción. El Gobierno pretende que esta nueva lógica permita reducir el gasto que atribuye a la atención de extranjeros y, al mismo tiempo, desalentar el ingreso al país motivado exclusivamente por la utilización del sistema sanitario.
El resultado real dependerá ahora de cómo se implemente el mecanismo de cobro, cuánto recaude el Estado y qué impacto tenga sobre la demanda hospitalaria.
Porque una cosa es modificar la norma y otra muy distinta es hacer funcionar el sistema de seguros, facturación, identificación migratoria y recupero de costos dentro de un hospital.
Y ese será el verdadero desafío de la nueva política sanitaria de Milei.