Un caso de presunta trata de personas y explotación sexual sacudió a Rivadavia y abrió una investigación que podría tener derivaciones más allá de Mendoza. El procedimiento se realizó en una vivienda ubicada en la intersección de las calles Liniers y 28 de Mayo, en el barrio Río Tunuyán, donde las autoridades encontraron a ocho personas con discapacidad auditiva. La causa avanzó y quedó en manos de la Justicia Federal, mientras las publicaciones más recientes informaron que hay cinco personas detenidas: tres mujeres y dos hombres.
El expediente busca determinar qué ocurría dentro de la vivienda, cómo llegaron allí las personas encontradas y si existía una estructura organizada dedicada a captar mujeres mediante falsas promesas laborales para luego someterlas a explotación sexual. De acuerdo con la información difundida por medios locales, dos mujeres adultas fueron identificadas como presuntas víctimas de explotación sexual. Esa precisión es importante: el hallazgo de ocho personas con discapacidad auditiva no permite afirmar, por sí solo, que todas hayan atravesado la misma situación.
Uno de los testimonios que tomó relevancia en la investigación es el de una mujer de 36 años oriunda de Rosario. Según las publicaciones periodísticas, habría llegado a Mendoza en 2024 a partir de una oferta laboral que no respondía a lo prometido y logró regresar a su ciudad en 2025 con ayuda de su abuela. Su denuncia habría contribuido a impulsar la pesquisa sobre el funcionamiento de la presunta red y las formas de captación utilizadas.
Entre las hipótesis que se investigan aparecen posibles contactos por internet, ofertas de empleo y la utilización de videos o transmisiones en lengua de señas. La pesquisa procura establecer si esas herramientas fueron utilizadas para atraer a las mujeres y qué participación habría tenido cada una de las personas investigadas. También se busca determinar si los hechos se limitaron a Mendoza o si existían conexiones con otras provincias. Por ahora, ese posible alcance nacional debe entenderse como una línea de investigación y no como una estructura ya probada judicialmente.
La causa también quedó atravesada por la preocupación por la seguridad de la denunciante. El domingo 25 de octubre, medios locales informaron que la mujer habría recibido amenazas el viernes anterior y que tenía previsto ampliar su declaración el lunes 26. La información disponible no permite confirmar si esa ampliación se concretó ni cuáles fueron sus resultados. Tampoco se pudo verificar públicamente, al cierre de esta nota, qué medidas de protección se dispusieron específicamente a raíz de las amenazas denunciadas.
La preocupación se extiende a la posibilidad de que otras personas vinculadas con los hechos todavía no hayan sido identificadas o detenidas. Quienes acompañan a las presuntas víctimas alertaron sobre la eventual salida del país de uno de los sospechosos, que tendría vínculos personales en Bolivia. Se trata de una advertencia difundida por fuentes vinculadas con el acompañamiento de las denunciantes, no de una fuga confirmada ni de una decisión judicial conocida públicamente. La investigación deberá establecer si existe un riesgo concreto y si corresponde adoptar medidas para evitar que un eventual imputado eluda la Justicia.
Otro aspecto sensible es la forma en que se reciben y procesan los testimonios de personas sordas o con discapacidad auditiva. La accesibilidad de las entrevistas no es un detalle administrativo: resulta fundamental para que las personas puedan comprender las actuaciones, expresarse sin barreras y aportar información en condiciones adecuadas. Cualquier cuestionamiento sobre la interpretación en lengua de señas debe ser evaluado a partir de hechos documentados y de las respuestas de las autoridades competentes, sin dar por probada una irregularidad antes de contar con elementos suficientes.
La intervención de organismos de protección también fue mencionada en las primeras informaciones, en relación con la presencia de menores en el lugar. Sin una actualización oficial que permita establecer su situación actual, no corresponde afirmar que continúan bajo una determinada medida de protección ni divulgar información que pueda exponerlos. Su resguardo debe ser una prioridad durante el avance de la investigación.
La Ley 26.842 establece el marco argentino para prevenir y sancionar la trata de personas y reconoce derechos de asistencia y protección a quienes resultan víctimas. En una causa de estas características, la discapacidad, las posibles barreras de comunicación y el temor a represalias vuelven especialmente importante que las declaraciones se reciban con los apoyos adecuados y que se evalúen los riesgos de seguridad. La responsabilidad penal de cada persona investigada, sin embargo, deberá determinarse en el proceso judicial.
El caso de Rivadavia ya no se limita al impacto del operativo inicial. Las detenciones, el testimonio de una mujer que denunció desde otra provincia y las alertas sobre posibles amenazas plantean interrogantes que la investigación debe responder: quiénes habrían intervenido, cómo funcionaba el mecanismo de captación, si existen otras víctimas y qué medidas se adoptarán para garantizar su protección. La prioridad ahora es que las personas involucradas puedan declarar sin intimidaciones y que la Justicia avance sobre cada hipótesis con pruebas, sin dejar cabos sueltos ni convertir sospechas en conclusiones anticipadas.