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Sábado 26 de Septiembre de 2026

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ECONOMÍA

Impuesto PAIS: Entre la Promesa de Eliminación y la Realidad de su Vigencia

El Gobierno prometió una rebaja y, luego, la eliminación total del tributo. Cuál es la realidad de la normativa que afecta al dólar.

Impuesto PAIS: Entre la Promesa de Eliminación y la Realidad de su Vigencia

El Gobierno anunció recientemente una reducción de 10 puntos en el impuesto PAIS, bajándolo del 17.5% al 7.5%, con el objetivo de revertir las medidas implementadas tras una devaluación del 100% del tipo de cambio oficial en diciembre pasado. Además, se prometió la eliminación total del impuesto antes de su vencimiento el 22 de diciembre, según lo establecido por la ley 27.541. Sin embargo, para derogar o postergar el impuesto, se requiere una ley sancionada por el Congreso, lo cual parece improbable dada la actual brecha cambiaria del 50%.

Un Impuesto Controversial desde su Implementación

Desde su asunción, el actual gobierno ha implementado diversas medidas en relación al dólar. El 13 de diciembre, el dólar oficial mayorista se estableció en $800, implicando una devaluación del 100%. Esta medida vino acompañada por un aumento de diez puntos en el impuesto PAIS para las importaciones, reemplazando el sistema SIRA por un nuevo sistema estadístico denominado "SEDI".

El decreto 29 y las resoluciones generales de la AFIP 5463 y 5464 modificaron las tasas del impuesto PAIS y las percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Aunque las importaciones de la canasta básica alimentaria, combustibles y bienes vinculados a la generación de energía quedaron exentas del incremento, el dólar importador alcanzó los $940 debido al impuesto PAIS del 17.5%.

La Reducción de Percepciones y Cambios en la Legislación

La resolución general 5464 redujo las percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales sobre operaciones en moneda extranjera, bajando la alícuota del 100% al 30%. Estas percepciones se computan como pagos a cuenta de los respectivos tributos en la declaración anual del contribuyente.

Posteriormente, el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 introdujo varias modificaciones significativas, como la eliminación del registro de exportadores e importadores administrado por la AFIP y la previsión de un trámite de resolución anticipada para definir el tratamiento aduanero antes de las operaciones de comercio exterior.

Vigencia del Impuesto y Exenciones

El impuesto PAIS fue establecido con carácter de emergencia por cinco períodos fiscales a partir del 23 de diciembre de 2019, según la ley 27.541. Un dictamen del Ministerio de Economía en diciembre pasado indicó que el impuesto debería vencer el 22 de diciembre de 2024, basándose en que el tributo no se generaba por hechos sucesivos, sino por operaciones individuales.

El artículo 89 del proyecto de ley Bases, que no fue incorporado en el texto final sancionado, intentaba clarificar la vigencia del impuesto hasta diciembre de 2024, buscando evitar futuros conflictos judiciales. Sin embargo, esta aclaración quedó pendiente.

Las Operaciones Afectadas y Destino de la Recaudación

El impuesto PAIS afecta la compra de billetes y divisas para atesoramiento, cambio de divisas para el pago de bienes y servicios en el exterior, y adquisición de servicios de transporte internacional, entre otras operaciones.

La recaudación del impuesto PAIS se destina principalmente al financiamiento de programas de la ANSES y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (70%), y al financiamiento de obras de vivienda social y fomento del turismo nacional (30%).

Perspectivas Futuras

Dada la dependencia actual del Estado argentino de los fondos recaudados por el impuesto PAIS y el impuesto sobre débitos y créditos bancarios, resulta poco probable que ambos impuestos sean eliminados en el corto plazo, a pesar de las promesas gubernamentales. La situación económica y la brecha cambiaria continúan siendo factores determinantes en la continuidad de estos tributos.

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