POLÍTICA
8 de enero de 2026
Peligro de "Estado Policial": El DNU de Milei que otorga a la SIDE el poder de detener ciudadanos

La reforma de la Ley de Inteligencia permite a los espías realizar "aprehensiones" sin orden judicial bajo la excusa de la seguridad nacional. El arco opositor presentó amparos denunciando un avance autoritario inédito en democracia.
Por Que tal tu Día
En la madrugada del viernes 2 de enero de 2026, mientras el país aún procesaba los brindis de fin de año, el Gobierno Nacional oficializó el DNU 941/25. La normativa no solo reestructura el organigrama de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), sino que introduce un cambio de paradigma que juristas y constitucionalistas califican como "el certificado de defunción de las garantías individuales": la facultad de los agentes de inteligencia para detener personas sin intervención previa de la Justicia.
A través de la modificación de más de 40 artículos de la Ley de Inteligencia Nacional (25.520), el presidente Javier Milei habilitó a los espías para realizar tareas de contrainteligencia que incluyen "facultades compulsivas" y de "aprehensión". Según el texto oficial, estas medidas se justifican en la necesidad de combatir "amenazas internas y externas" y el crimen organizado, pero el vacío legal sobre qué constituye una amenaza deja a cualquier opositor, periodista o empresario a merced de la discrecionalidad oficial.
El fin de la división de poderes
El punto más crítico, denunciado por diversos bloques parlamentarios, es la colisión directa con el Artículo 18 de la Constitución Nacional. Los agentes de la SIDE, que por definición actúan bajo el manto del secreto y sin los controles de las fuerzas de seguridad convencionales, ahora poseen un poder de policía que les permite "sacar de circulación" a ciudadanos bajo la sospecha de conspiración contra el Estado.
"Es una modificación solapada del Código Procesal Penal", denunció el diputado Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica), quien junto a Mónica Frade y Esteban Paulón ya presentó una acción de amparo ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. Para los legisladores, el DNU es "nulo e inconstitucional" por legislar en materia penal —algo expresamente prohibido para el Ejecutivo— y por la ausencia de una "urgencia" real que impida el debate en el Congreso.
Clima de época y autoritarismo global
Este avance sobre las libertades civiles en Argentina no parece un hecho aislado. Se da en un contexto internacional donde el "clima de época" favorece las políticas de mano dura y el personalismo extremo. La reciente intervención de Donald Trump en la política interna de terceros países, llegando incluso a la captura de mandatarios extranjeros bajo argumentos de seguridad nacional, parece ser el espejo en el que se mira la administración libertaria.
Mientras la Justicia debe resolver los amparos presentados por organismos como el CELS y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el DNU ya está vigente. En los pasillos del poder, la preocupación es unánime: la SIDE ha dejado de ser un órgano de recolección de información para convertirse en una fuerza parapolicial con licencia para detener.
