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POLÍTICA

30 de septiembre de 2025

El salvataje no fue gratis; ya hay firma de Milei para que entren militares estadounidenses a la Argentina

El Presidente firmó un DNU que autoriza ejercicios militares con Estados Unidos y Chile, pese a que la Constitución establece que debe aprobarlo el Parlamento.

El presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilita la entrada de tropas extranjeras al país y la salida de fuerzas argentinas hacia Chile para participar en dos ejercicios militares internacionales previstos para octubre y noviembre. La decisión reabrió el debate institucional, ya que la Constitución Nacional indica que es el Congreso quien debe autorizar este tipo de medidas.

El decreto 697/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, argumenta que se trataba de una “urgencia” debido a que las fechas de los operativos ya están definidas. El primero será el Ejercicio “Solidaridad”, del 6 al 10 de octubre en Puerto Varas, Chile, donde efectivos argentinos y chilenos entrenarán en coordinación de respuestas ante catástrofes y desastres naturales, en el marco de un acuerdo bilateral vigente desde 1997.

El segundo operativo es el Ejercicio “Tridente”, que se desarrollará entre el 20 de octubre y el 15 de noviembre en territorio argentino, con epicentro en las bases navales de Mar del Plata, Ushuaia y Puerto Belgrano. Allí se autoriza el ingreso de tropas y medios de Estados Unidos para realizar maniobras conjuntas de asistencia humanitaria y operaciones navales, con el objetivo de profundizar la interoperabilidad con la Armada norteamericana.

Desde la Casa Rosada defendieron la decisión al señalar que no participar en estos encuentros “afectaría significativamente el adiestramiento” de las fuerzas y debilitaría la cooperación internacional. El Ejecutivo sostiene además que ambos ejercicios sirven para consolidar vínculos políticos y estratégicos en la región.

El DNU, firmado por Milei y todo su gabinete, ya está en vigencia, aunque deberá ser revisado por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que dispone de diez días hábiles para expedirse sobre su validez.

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