Sábado 14 de Septiembre de 2024

Hoy es Sábado 14 de Septiembre de 2024 y son las 10:31 -

NACIONALES

28 de agosto de 2024

El Gobierno redefine las regulaciones de derechos de autor: SADAIC queda excluida de eventos privados y se ajustan normas para Internet

El Gobierno Nacional ha introducido cambios significativos en la normativa de derechos de autor, destacando la necesidad de autorización para el uso de obras en plataformas digitales e Internet. Sin embargo, eventos privados estarán exentos de pagarle a SADAIC por la reproducción de música.

El día de ayer, el Gobierno Nacional anunció la modificación del Decreto N° 41.223, que regula la propiedad intelectual y los derechos de autor en Argentina. Entre las principales novedades, se destaca la inclusión de Internet como un “espacio público” en el que será obligatorio contar con el consentimiento del autor para reproducir sus obras, lo que implica un cambio importante en cómo se manejan los derechos de autor en el entorno digital.

El nuevo Decreto 765/2024 pone el foco en las plataformas tecnológicas y digitales, como servicios de streaming, que son de uso cotidiano para millones de personas y representan un canal clave para la difusión de obras artísticas. Según el texto oficial, cualquier uso de una obra en un espacio de acceso público, ya sea con fines comerciales o no, requerirá el consentimiento del autor y, por ende, el pago por su difusión.

Sin embargo, el decreto exime de esta obligación a los eventos que se realicen en un “ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”. Esto significa que los salones de fiestas y otros espacios privados no tendrán que abonar ningún porcentaje a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), una medida que impactará en cómo se gestionan los derechos en este tipo de eventos.

Además, se establece que los autores tienen derecho a una remuneración justa si su obra es utilizada públicamente por cualquier persona que obtenga un beneficio económico, ya sea directo o indirecto. No obstante, no será necesario pagar por la reproducción de obras con fines didácticos o en actos conmemorativos patrióticos en instituciones educativas reconocidas por el Estado.

A pesar de las clarificaciones, aún persisten dudas sobre la implementación de estas normas en el ciberespacio. El decreto no especifica cómo se manejarán los pagos a los autores ni cómo se determinará qué publicaciones en Internet estarán sujetas a estas regulaciones, lo que deja abierta la cuestión sobre cómo se adaptará la normativa a la complejidad del entorno digital.

COMPARTIR: