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4 de marzo de 2026

Conflicto en el Yacht Club Mendoza: un socio con discapacidad denuncia falta de accesibilidad

Matías Galarzi, quien padece una enfermedad genética muscular, asegura que el club suspendió la asistencia que recibía para subir a su embarcación. Desde la institución argumentan razones de seguridad laboral y falta de cobertura de seguros para realizar dicha maniobra.

El Yacht Club Mendoza, ubicado en el perilago de El Carrizal, se encuentra en el centro de una controversia legal y social tras la denuncia de uno de sus socios. Matías Galarzi (41), quien presenta una miopatía de Bethlem —un trastorno que reduce la fuerza muscular y afecta la marcha—, manifestó que las autoridades del club prohibieron a los empleados prestarle ayuda física para acceder a su lancha, una práctica que se realizaba habitualmente desde que se asoció en 2021.

Galarzi sostiene que esta decisión, comunicada de forma verbal a los trabajadores bajo amenaza de sanción, constituye un acto de discriminación. Según el denunciante, la institución no cuenta con rampas ni medios mecánicos adecuados para garantizar la autonomía de personas con movilidad reducida, lo que vulnera los principios de accesibilidad universal vigentes en la legislación nacional.

La postura de la institución

Por su parte, el presidente del club, Fernando Zalazar, explicó que la medida responde estrictamente a protocolos de seguridad y responsabilidad civil. Según el directivo, la maniobra de alzar a una persona a un metro y medio de altura para colocarla dentro de una embarcación en tierra es "altamente peligrosa" y no forma parte de las funciones del personal, que está capacitado para tareas operativas pero no para la asistencia de salud.

Zalazar detalló que la compañía de seguros del club advirtió que no cubriría siniestros derivados de estas maniobras y que el sindicato UTEDYC confirmó que los trabajadores no deben realizar esfuerzos que pongan en riesgo su integridad física, como posibles lesiones lumbares, que no serían cubiertas por la ART. Como solución, el club sugirió que el socio asista con acompañantes particulares que realicen dicha tarea bajo su propia responsabilidad.

Derechos en pugna

El caso pone de relieve la tensión entre las normas de seguridad laboral y el derecho a la integración de las personas con discapacidad. Mientras Galarzi argumenta que el club aceptó su ingreso conociendo su condición y que debe garantizar la accesibilidad edilicia, la comisión directiva se ampara en la prevención de riesgos legales y laborales. La disputa, que ya cuenta con asesoramiento legal por parte del damnificado, plantea un interrogante sobre la adecuación de los clubes sociales y deportivos frente a las normativas de inclusión vigentes en Argentina.

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